miércoles, 26 de septiembre de 2012




SE APRUEBA  CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE PLANIFICACION  DEL DESARROLLO Y EL GOBIERNO DE EL ALTO



El  25 de Septiembre del presente año, en una Sesión Ordinaria   Nº 76, se firmo  el convenio  Subsidiario de Donación, con el  nombre “Proyecto  de Desarrollo y Cuidado  de la Infancia Temprana en los distritos urbanos  más pobres  y vulnerables  de La Paz y El Alto”.

Según el informe UCP/JIVC/185/2012, de la Lic. J. Ivonne Velásquez Cortez, Analista de Crédito, dijo “considero que solo corresponde a la Unidad de Crédito Publico, efectuar el análisis  financiero, a efecto de consolidar el financiamiento, el cual cuenta con la validación  del personal técnico, derivado de la evaluación del texto borrador del Convenio  Subsidiario de Donación, puesto  a consideración  para el financiamiento  del Proyecto.

La Clausula  cuarta, señala como objeto, otorgar a la Entidad  Ejecutora en calidad de Donación, los recursos del Componente 2 del Convenio, destinados  a financiar exclusivamente  la ejecución  del Proyecto, las obligaciones  y responsabilidades de la Administración  y Ejecución de los recursos.
Así mismo, el Gobierno Autónomo  Municipal de El Alto, como entidad ejecutora, tiene la responsabilidad  de hacer el seguimiento, monitoreo y evaluación del Proyecto, para  dar cumplimiento  de los objetivos y metas trazadas. 

Además  en la quinta clausula, establece  que el Estado Plurinacional, de Bolivia, mediante el presente  Convenio  Subsidiario  de Donación , otorga  a la Entidad Ejecutora, la suma de  $us 1.393.54 (un Millón Trescientos  Noventa y Tres  Mil Cincuenta cuatro 00/100 Dólares Americanos). Atreves,  del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, en el marco de sus competencias, deberá realizar  los trámites  necesarios, para la transferencia de los recursos, provenientes del Convenio  a la Entidad Ejecutora.

La Propuesta  de Ordenanza Municipal, fue planteada por la Concejal  del Movimiento al Socialismo, Elsa Chambilla Quispe, la cual fue aprobada  por unanimidad  de los  Concejales.

lunes, 24 de septiembre de 2012






LA ALCALDIA  Y LA UNIVERSIDAD PUBLICA  DE EL ALTO  FIRMAN CONVENIO



En una sesión, en fecha 21 de Septiembre, entre la Alcaldía Municipal de El Alto y la UPEA,  firmaron un convenio, el cual fue impulsado  por la Comisión Administrativa Financiera del Legislativo edil,  mismo que beneficiara a egresados. Informo  la Concejal Elsa  Chambilla.

Esta iniciativa, con el objetivo, de que los egresados  de diferentes carreras, realicen  sus proyectos de grado y trabajos dirigidos en la Alcaldía.

“Considero  importante  realizar el convenio, para que los  futuros profesionales  puedan capacitarse en diferentes aéreas  del municipio,  así mismo, que ellos aporten  sus conocimientos,  para el desarrollo de la urbe. Ademas, no  debemos olvidar  que la Universidad  Pública de El Alto, existe gracias  a la lucha  de las organizaciones sociales, por eso  queremos  que nuestros profesionales  obtengan su Titulo, habiendo trabajado  en la Alcaldía”, sostuvo la Concejal Elsa Chambilla.  



LA ALCALDIA  Y LA UNIVERSIDAD PUBLICA  DE EL ALTO  FIRMAN CONVENIO


En una sesión, en fecha 21 de Septiembre, entre la Alcaldía Municipal de El Alto y la UPEA,  firmaron un convenio, el cual fue impulsado  por la Comisión Administrativa Financiera del Legislativo edil,  mismo que beneficiara a egresados. Informo  la Concejal Elsa  Chambilla.

Esta iniciativa, con el objetivo, de que los egresados  de diferentes carreras, realicen  sus proyectos de grado y trabajos dirigidos en la Alcaldía.

“Considero  importante  realizar el convenio, para que los  futuros profesionales  puedan capacitarse en diferentes aéreas  del municipio,  además, de que ellos aporten con sus conocimientos,  para el desarrollo de la urbe. No debemos olvidar  que la Universidad  Pública de El Alto, existe gracias  a la lucha  de las organizaciones sociales, por eso,  queremos  que nuestros profesionales  obtengan su Titulo, habiendo trabajado  en la Alcaldía”, sostuvo, la Concejal Elsa Chambilla.





SE NORMA  LA TOMA ILEGAL  DE TIERRAS

El pasado  miércoles 19 de septiembre, el Concejo municipal, aprobó  la Ordenanza Municipal  101/2009 contra la toma ilegal  de tierras, realizando  algunas modificaciones e incrementando algunos artículos, informo   la Concejal Elsa Chambilla, Presidenta de la CAF.

Entre los puntos más relevantes de la normativa, por lo que se le pide   al Ejecutivo Municipal,  la prohibición de aceptar trámites de  personas que hubiesen  tomado por la fuerza terrenos de propiedad privada o  comunitaria y municipal, así mismo de instruir  al Ejecutivo  edil,  defender e iniciar  acciones penales,  contra aquellos que cometan  delitos de usurpación  de   aéreas, que  pertenecen  a la propiedad Municipal  y se proceda a la demolición  de construcciones clandestinas  conforme a ley.

Así mismo  gestionar ante la Asamblea  Legislativa, el Código Penal, donde se tipifique el avasallamiento,  como una figura penal. También, elaborar un Plan Municipal de vivienda  social  y solidaria, en el plazo de 70 días  hábiles, para que  los recursos necesarios se inserten  al POA.






CHOFERES PIDEN QUE  EL PROYECTO DE LEY DISMINUYA EL IMPUESTO  DE TRANFERENCIA DE VEHICULOS


El Proyecto  impulsado  por la Comisión  Administrativa y Financiera, propone  un 2% al total del costo  de los motorizados, sin embargo  los chóferes piden el 1.5%  hasta incluso el 1%.
“En este sentido  mediante una reunión de concejales se determino devolver la carpeta  ante la Dirección  de Recaudaciones para que emitan un  informe  sobre la factibilidad técnica  de esta disminución” Afirmo la Concejal Elsa Chambilla.
 
De acuerdo  con la información  de la Federación  Andina  de Chóferes, en la urbe  Alteña  existirían  alrededor    de 80 mil motorizados  que no cuentan  con un registro, y que circulan  con poderes  o documentos  privados que acreditan  posesión del vehículo.
“Según los choferes,   este fenómeno causaría el alto costo  del impuesto a la transferencia de movilidades, bajo esta figura el municipio no percibirá  ningún tributo, entonces  si se disminuye el monto del impuesto,  muchos de los propietarios procederán  a registrar sus motorizados, lo que significaría mayores ingresos para la Comuna, sostuvo  la Concejal Elsa Chambilla.

En las  siguientes dos semanas  debería retornar  la carpeta con el informe solicitado, para que se proceda con su aprobación.







CONCEJO APRUEBA UNA LEY

La Concejal Elsa Chambilla, presidenta  de la comisión Administrativa y Financiera, Afirmo que esta situación se debe a que el Gobierno Municipal no cuenta con el reglamento que permite elaborar y aprobar leyes municipales.
Además  sostuvo que la comisión Administrativa y Financiera (CAF) fue la que elaboro y planteo ante el pleno dos proyectos   de Ley Municipal, una de ellas es la de rescatar  la reseña, “El Alto de Pie, nunca de Rodillas….” Que para entonces estaba siendo utilizado  por organizaciones ajenas a La Ciudad del Alto. Además de una segunda  Ley que se encuentra en socialización.
“Las demás comisiones del Concejo no presentan propuestas de leyes  y solo atinan a realizar deducciones de otras propuestas” manifestó la Concejal Elsa Chambilla.

SE ENTREGA  LA OBRA DE PAVIMENTO RIGIDO DE LA AVENIDA 106
   
El pasado sábado   15 de Septiembre del año en curso,  el alcalde de El Alto  Arq. Edgar Patana Ticona y la Concejal Elsa Chambilla Quispe,  presidenta de la  Comisión  Administrativa  Financiera del Legislativo. Hicieron entrega de del pavimento rígido,  de la  Avenida  106 del Distrito Municipal 2, la cual  alcanzo una inversión de 5.024.384,00 Bolivianos,  adjudicada  a la  Empresa constructora  AMECO Ltda.
La concejal Elsa Chambilla informo  acerca de  la importancia  de la obra  ya que será de gran beneficio  para las dos zonas colindantes, Villa Bolívar  “D”  y Villa Abaroa,  ambas pertenecientes  al Distrito Municipal 2. También afirmo,  que la flamante vía, cuenta con las correspondientes señalizaciones de transito , divisiones de carril , pasos de cebra y ojos de gato  bidireccionales pero sobre todo,   se lograra descongestionar otras vías  alternas,  por  ser una Avenida colindante  a la Futura  Terminal Bimodal y la Tiahuanaco.
Asimismo  la obra contemplo  la construcción  de alcantarillado Pluvial  con 1.398 metros lineales,  la cual cuenta con 20  cámaras  de inspección, 33 sumideros  y la reparación de  26 cámaras  sanitarias.
Los habitantes de la zonas beneficiadas, concedieron  al alcalde como agradecimiento,  un Poncho  de color verde  que simboliza la sabiduría , según refirieron los mismos , además de conceder  a las demás autoridades presentes  ponchos de color rojo  que representa  la fuerza y la lucha. Al mismo tiempo  de comprometerse a cuidar  esta avenida.

CONCEJO APRUEBA LA PRIMER LEY MUNICIPAL DE EL ALTO
El Alto, 31 de Ago (AGENCIA REGIONAL DE NOTICIAS ATIPIRI)

El Alto, 31 Ago. (ARNA).- El pleno del Concejo Municipal de El Alto, aprobó este viernes el primer proyecto de ley municipal denominada: “LEY MUNICIPAL AUTONÓMICA DE DECLARATORIA Y CELEBRACIÓN DEL 6 DE MARZO ANIVERSARIO DE LA CIUDAD DE EL ALTO”, misma que será remitida al ejecutivo municipal para que el alcalde Edgar Patana la promulgue.
La primer propuesta de Ley Municipal que fue presentada, inicialmente, por la presidenta de la Comisión Administrativa Financiera (CAF), Elsa Chambilla (MAS), consta de cuatro artículos en las que se señala principalmente: “Declarar patrimonio histórico de la ciudad de El Alto al 6 de marzo de 1985 como fecha alusiva en conmemoración de su creación y elevación a rango de ciudad” e  instituir el lema oficial “El Alto de pie, nunca de rodillas”.
Una vez aprobada por el Consejo Municipal la misma será promulgada por el alcalde Edgar Patana y entrará en vigencia inmediatamente sea publicada en el panel informativo del Consejo Municipal.
Al respecto, el concejal del Movimiento Sin Miedo (MSM), Oscar Huanca, destacó la aprobación de esta “primera Ley Municipal”, pero sostuvo que “sería bueno aprobar otras leyes que a la población realmente le interesa” refiriéndose a la ley que dispone un “perdonazo” impositivo y la Ley Municipal de Transporte.
//jlch

LA PRIMER LEY MUNICIPAL:

LEY MUNICIPAL AUTONÓMICA DE DECLARATORIA Y CELEBRACIÓN DEL 6 DE MARZO ANIVERSARIO DE LA CIUDAD DE EL ALTO

Artículo 1°.- (Objeto) En el marco de las competencias exclusivas constitucionalmente previstas para el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, es objeto de la presente Ley Municipal:

I. Declarar patrimonio histórico de la ciudad de El Alto al 6 de marzo de 1985 como fecha alusiva en conmemoración de su creación y elevación a rango de ciudad.
II. Declarar al día 6 de marzo de cada año, día Cívico y de Regocijo en toda la Jurisdicción Municipal de la ciudad de El Alto, en conmemoración a su fecha aniversario.
III. Instituir como lema oficial de la ciudad de El Alto “El Alto de pie nunca de rodillas” como símbolo de lucha por la reivindicación de los derechos de todos los ciudadanos alteños y alteñas y que fue inspirado en la cuna propia de las movilizaciones por sus intereses. Y la incorporación de dicho lema en los documentos oficiales del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto.

Artículo 2°.- (Actos cívicos y protocolares) El Órgano Legislativo y el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto en ocasión de la celebración del 6 de marzo de 1985 deberá promover la realización de homenajes cívicos en toda la jurisdicción del Municipio de El Alto el día 6 de marzo de cada año, quedando encargados de la organización y ejecución de los actos protocolares de esta fecha, que son de exclusiva y plena competencia del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; debiendo para el efecto programar y ejecutar los recursos aprobados en el POA del Presupuesto anual.

Artículo 3°.- (Participación) Se insta y convoca a todas las instituciones públicas, privadas, cívicas, empresariales, vecinales, gremiales, profesionales, deportivas, culturales, artísticas, juveniles, de género, educativas, académicas, trabajadores de la prensa, artesanos, instituciones policiales, Militares, organizaciones sindicales, etc., al igual que a las empresas privadas a plegarse a la celebración de este día histórico en coordinación con las instancias organizadoras, participando activamente en todos los actos de celebración de la elevación a rango de ciudad el 6 de Marzo de 1985.

Artículo 4°.- (Publicación y difusión) Instruir al Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría General, proceda a la publicación de la presente Ley del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto en un medio de comunicación escrito. Remítase al Ejecutivo Municipal para su respectiva promulgación y publicación, quedando encargado del estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Ley Municipal Autonómica.

Remítase al Órgano Ejecutivo Municipal para los fines correspondientes de Ley.
Es dada en la sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de El Alto a los 31 días del mes de agosto de 2012.

jueves, 14 de junio de 2012

TALLER LOCAL Y REGIONAL DD.HH. "PARTICIPACIÓN SOCIAL"


Un evento exclusivo e histórico en la ciudad de El Alto, contara con la presencia de representantes de las ciudades miembros de la Red Mercociudades del cual el Municipio alteño es parte desde la gestión 2011.

Se desarrollara el día 27 de junio en el Teatro de Camara ubicada en la Alcaldía Quemada y los días 28 y 29 en el Auditorio del Archivo Central de la Minería de Bolivia ubicada en la Zona Ferropetrol calle del Archivador Nro. 100 de la ciudad de El Alto.

Sera la primera vez que el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto a la cabeza del Alcalde Municipal Edgar Patana T. y la Concejal Municipal Elsa Chambilla Q. es patrocinante de una actividad municipal internacional.

miércoles, 30 de mayo de 2012

AUTORIDADES NACIONALES Y LOCALES PARTICIPARAN DE IMPORTANTE DEBATE SOBRE PARTICIPACIÓN SOCIAL




Este viernes 1 de junio se lleva a cabo el último Debate Local organizado por el Alcalde Municipal Arq. Edgar Patana T. y la Concejal Elsa Chambilla Quispe Presidenta de la Comisión Administrativa Financiera del Concejo Municipal de la ciudad de El Alto, en el marco de las actividades previas  al desarrollo del Taller Regional Estados más Derechos que se realizara en la ciudad de El Alto los días 27, 28 y 29 de junio a la cual asistirán representantes de distintos municipios de los países Brasil, Argentina, Venezuela, Perú, Chile Paraguay, Uruguay  y el Municipio de El Alto de Bolivia, los mismos que integran  la Red MERCOCIUDADES.

Con anticipación fueron desarrollados dos debates previos el primero sobre el DERECHO A LA VIDA y el segundo SALUD Y EDUCACIÓN todos enfocados a nivel local cuyas conclusiones fueron positivas y que guiaran incluso a la elevación de nuevas normativas municipal referidas a esos temas e incluso sean parte de la Carta Orgánica que se viene trabajando desde el Concejo Municipal, de ahí que el último debate y el mas esperado es bajo la temática de PARTICIPACIÓN SOCIAL  a desarrollarse este viernes 1ro. de junio, en el Teatro de de Cámara ubicada en la Alcaldía Quemada, (Av. Jorge Carrasco, entre calle 1 y Av. De Marzo de la zona 12 de octubre), el ingreso es libre para los ciudadanos alteños a quienes les interesa abordar este importante tema” enfatizo Chambilla.

Asimismo señalo que para este evento se confirmo la participación del Senador Eugenio Rojas, la Senadora Martha Poma, Asambleísta Plurinacional y Jefe de Bancada del M.A.S. a nivel nacional Roberto Rojas, actuales autoridades que surgieron de las organizaciones sociales en el proceso de cambio que vive Bolivia.

También confirmaron su presencia el Secretario Ejecutivo de la FEJUVE de El Alto Rubén Paz Viscarra y el Secretario Ejecutivo de la Central Obrera Regional Remigio Condori, exponiendo criterio sobre la participación social en el Municipio.

Sin duda estos debates darán cobertura a diversos criterios e ideas que guiaran mejor la participación de la sociedad en problemas estructurales del municipio alteño.

viernes, 25 de mayo de 2012

CONCEJO MUNICIPAL AUTORIZARA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO CON LA U.P.R.E.

La Concejal Municipal por el Movimiento al Socialismo MAS Elsa Chambilla Quispe anuncio que en la sesión ordinaria 040/12 del viernes 25 de mayo, el pleno deliberara sobre dos proyectos de Resolución Municipal planteados por la Comisión Administrativa Financiera, por el cual se AUTORIZARÍA al Alcalde Municipal en su calidad de máxima Autoridad Ejecutiva la suscripción de importantes convenios en beneficio de la colectividad alteña.
A través de estos convenios se estaría canalizando la inyección de recursos a favor del Municipio destinados a la  construcción de 22 Centros Tecnológicos y Culturales en distintas zonas de nuestra urbe y la Construcción de 15 Centros Deportivos Multifuncionales.
La suma total de estos proyectos alcanzaría los Bs.- 59.663.617,64 que serán financiados en su totalidad por la Unidad de Proyectos Especiales UPRE dependiente del Ministerio de la Presidencia:

NOMBRE DEL PROYECTO
MONTO (Bs.)
Participación %
1
CONSTRUCCIÓN CENTRO DEPORTIVO POLIFUCIONAL
31.754.956,20
100%
2
CONSTRUCCIÓN CENTRO TECNOLÓGICO CULTURAL
27.908.661,44
100%

TOTAL
59.663.617,64

Por otro lado, también se autorizara la suscripción de otro convenio en beneficio del Proyecto Construcción  JISKA QAMAÑ UTA Fase III, que alcanza la suma de Bs.- 1.107.602,21 y que de igual  forma será financiada por le UPRE dentro del Programa nacional Bolivia Cambia Evo Cumple y que va en beneficio de toda la población alteña.
La autoridad manifestó “Con este tipo de financiamiento nuestro Alcalde Municipal Edgar Patana, está logrando cubrir las necesidades de nuestra población y especialmente de los sectores que antes no fueron beneficiados con obras, sin embargo con este tipo de iniciativas las zonas olvidadas ahora será beneficiadas”.
En la presente gestión son muchas ya las obras con recursos canalizado por la UPRE en nuestra ciudad, Unidades Educativas, Sub Alcaldías y Canchas deportivas con césped sintético, que engalanan poco a poco la ciudad de El Alto.
“Ese es el deseo de nuestro Presidente hermano Evo Morales, que la ciudad de El Alto sea una ciudad desarrollada y digna, por eso  no se olvida de nuestro municipio y nos trae este tipo de regalos que beneficiaran mas a los jóvenes adolecentes y niños, tanto en lo cultural como en lo deportivo”. Señalo la autoridad.

miércoles, 23 de mayo de 2012

MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO QUE INCLUYE TRATAMIENTO DE LEYES MUNICIPALES


PROYECTO DE RESOLUCIÓN MUNICIPAL
H. ZACARIAS MAQUERA CHURA 
PRESIDENTE DEL H. CONCEJO MUNICIPAL DE EL ALTO


VISTOS: 

En el Artículo primero de la Constitución Política del Estado en el cual establece que “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías…” como norma de primacía para la aplicación de las autonomías en todo el país por lo que:

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su Art. 283, concordante con la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031 en su Art. 34, señalando  que el Gobierno Autónomo Municipal está constituido por el Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias.

Que, la Constitución Política del Estado, en su Art. 272 señalando. “La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones”.

Que, la Constitución Política del Estado, en su Art. 410 parágrafo II, en el cual señala: “…La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:
1. Constitución Política del Estado.
2. Los tratados internacionales
3. Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal              e indígena
4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.

Que, el Art. 49 parágrafo I, de la Ley Marco de Autonomías señala que todos los municipios del país gozan de autonomías municipal conferida por la Constitución Política del Estado.

Que, en la Ley 17 Transitorio en su Art. 19 señala para el funcionamiento de las entidades territoriales autónomas establece que los concejos municipales podrán ejercer su facultad legislativa en el ámbito de sus competencias exclusivas.

Que, el Art. 12 numeral 4 de la Ley 2028 concordante con el Art. 83 inciso b) del Reglamento Interno del Honorable Concejo Municipal de El Alto establece que es atribución del H. Concejo Municipal el dictar y aprobar Ordenanzas como normas generales y Resoluciones de orden interno y administrativo del propio Concejo.

Que, la Comisión Administrativa Financiera ha propuesto al Pleno el proyecto de Resolución Municipal y ha pronunciado el respectivo Informe de Justificación.

POR TANTO:

El Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Alto, en uso específico de sus atribuciones conferidas   por la Constitución Política del Estado Art. 283; Ley 2028 de Municipalidades, Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031, Reglamento Interno y demás normas conexas de orden legal.

RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO.- RECONSIDERAR las Resolución Municipal No. 080/07, que aprueba el Reglamento Interno del H. Concejo Municipal; modificándose de manera parcial.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modifíquese los siguientes artículos correspondientes al Reglamento Interno del Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, quedando estructurados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1 (MARCO JURÍDICO).- El presente Reglamento Interno del H. Concejo Municipal de El Alto, se rige y fundamenta en la Constitución Política del Estado Plurinacional, Ley de Municipalidades, Ley de Descentralización Administrativa, Estatuto del Funcionario Público, Ley de Administración y Control Gubernamental, Ley de Reactivación Económica, Ley del Dialogo 2000, Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de Promoción Económica, Ley 017 Transitoria, Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” y otras disposiciones conexas en vigencia.

ARTÍCULO 4 (CONCEJO MUNICIPAL).- El Concejo Municipal de El Alto, es la máxima autoridad del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, porque constituye el órgano representativo, normativo, Legislativo, deliberante y fiscalizador de la gestión municipal.

ARTÍCULO 9 (DERECHOS).- Además de los señalados en la Ley de Municipalidades, los (las) Concejales (as) municipalidades  tienen los siguientes derechos:
a) Asistir y participar los seminarios, simposios y otros eventos para lo cual,  en caso  de viaje al interior o exterior del         país, requerida la autorización  correspondiente del Pleno, para cuyo caso se le otorgara licencia o declaratoria en comisión.
b) Intervenir con voz y voto  en las Sesiones del Pleno en las Sesiones de las Comisiones en las que fueron designados (as), pueden también intervenir, sin derecho a voto, en las comisiones a las cuales se hubiesen adscrito.
c) Ser informados sobre todo los asuntos, trámites y actuaciones propias del Gobierno Autónomo Municipal.
d) Contar con infraestructura, equipos y materiales que garantizan el desempeño de sus funciones de manera equitativa.
e) Contar con el personal de apoyo necesario para el cumplimiento de sus responsabilidades y con una asignación presupuestaria para tal efecto
f) Al cobro de sus remuneraciones cuando asista a Seminarios, Simposios y otros eventos fuera de su jurisdicción municipal cuando sea declarado (a) en comisión, previa aprobación del pleno, con el pago respectivo de viáticos se correspondiese.
g) A licencias previa presentación de la documentación respaldatoria, las mismas  deberían ser de conocimiento expreso del (de la) Presidente (a) del Concejo Municipal dentro las 24 horas siguientes de acontecido el mismo, además estas deberán estar justificadas con las presentación de la baja médica respectiva.
h) Proponer iniciativas legislativas.

ARTÍCULO 10 (ATRIBUCIONES) inc. b) Proponer por escrito, Proyectos de Leyes, Ordenanza y Resoluciones Municipales, como facultad LEGISLATIVA (establecida por Art. 19 de la Ley 017 Transitoria).

ARTÍCULO 83 (INSTRUMENTOS PARA LA TAREA NORMATIVA Y LEGISLATIVA).- Los instrumentos normativos y legislativos del H. Concejo Municipal son las Leyes Municipales; Ordenanzas Municipales y las Resoluciones Municipales:

a) Las Leyes Municipales son disposiciones legales emanadas del H. Concejo Municipal como norma máxima y su aplicación será de carácter general y su cumplimiento es obligatorio desde el momento de su publicación y no serán contrarias a la Constitución Política del Estado.
b) Las Ordenanzas Municipales son normas que emite el H. Concejo Municipal para establecer derechos y/u obligaciones de aplicación general y de cumplimiento obligatorio, las mismas no pueden ser derogadas ni abrogadas con un instrumento de menor jerarquía. Tienen por objeto aprobar o rechazar los siguientes asuntos municipales: a nivel Institucional, Financiero Tributario, Convenios, Territorial, Medio Ambiente, Recursos  Administrativos, Culturales y Honoríficos del ámbito Municipal.
c) La Resoluciones Municipales son normas de gestión administrativa para cumplimiento de derechos y/u obligaciones específicas al interior del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto.
ARTÍCULO 84 (INICIATIVA DE LOS INSTRUMENTOS).-  
I. Los Proyectos de Leyes Municipales podrán ser presentadas a iniciativa de:
a) Un (a) Concejal (a),
b) La Directiva del Concejo Municipal,
c) El H. Alcalde Municipal, y
d) Por los ciudadanos a través de sus organizaciones matrices y ser propuestas al Pleno mediante una comisión del H. Concejo Municipal.
II. Los Proyectos de Ordenanzas y Resoluciones Municipales podrán ser presentadas a iniciativa de:
a) Un (a) Concejal (a),
b) La Directiva del Concejo Municipal, y
c) El H. Alcalde Municipal.
Para su tratamiento, los Proyectos Legislativos serán incorporados en el Orden del día de acuerdo a un orden de relación determinado por la fecha y la hora de presentación en Presidencia del Concejo Municipal. La Secretaria del Concejo deberá mantener un registro numérico correlativo anual y diferenciado para cada tipo de instrumento.

ARTÍCULO 85 (PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LEYES Y ORDENANZAS MUNICIPALES).- Todo proyecto de Ley y Ordenanza Municipal deberá acompañar informe de justificación y debe seguir el siguiente procedimiento:
a) Un (a) concejal (la) podrá presentar propuestas de Ley u Ordenanza Municipal al Pleno, pudiendo adscribirse a la comisión que la tramitará. Si la iniciativa es del Ejecutivo, el (la) alcalde (sa) remitirá la propuesta designando al funcionario responsable para su trámite. En ambos casos, el pleno derivará el Proyecto a la comisión correspondiente.
b) El (la) presidente (a) de la comisión o la directiva según corresponda, podrá convocar mediante nota al funcionario del Ejecutivo Municipal que haya sido resignado para que se efectúen trabajo conjunto en la elaboración del informe de justificación del proyecto de Ley u Ordenanza Municipal. La nota deberá señalar fecha y hora para el inicio de este trabajo. En este caso, una copia deberá ser remitida al (a la) alcalde (sa) para su conocimiento.
c) El informe de justificación para la presentación de un Proyecto de Ley u Ordenanza Municipal, además del fundamento legal deberá tener el siguiente contenido mínimo:
c.1. Antecedentes.- Que resuma los principales aspectos que motivaron la elaboración del proyecto normativo.
c.2. Fundamentación.- Legal, Técnica, Administrativa, Financiera, Económica, Social, etc. que corresponda.
c.3. Objetivo.- Señalando los objetivos a alcanzar (Generales y Específicos).
c.4. Firmas.- Cada informe debe estar firmado por el proponente.
d) Una vez elaborado el Proyecto de Ley u Ordenanza Municipal y el informe de justificación de ambos, el proponente remitirá los documentos al (a la) Presidente (a) del Concejo en forma escrita.
e) La Secretaria del H. Concejo pondrá a disposición de las comisiones el informe y el proyecto para sus análisis el día hábil anterior a la realización de la sesión del Pleno.
f) En la sesión correspondiente, el concejal Secretario pondrá a consideración  del Pleno el Proyecto de Ley u Ordenanza Municipal y el informe de Justificación.
g) Si el Pleno por mayoría absoluta de votos de los (las) concejales (las) presentes decide que el Proyecto o el informe requieren de modificaciones sustanciales, se devolverá la documentación a la Comisión Pertinente.
h) Si el proyecto de Ley u Ordenanza Municipal es aprobado por el Honorable Concejo Municipal, la Secretaria remitirá  la misma a conocimiento del Alcalde o Alcaldesa para su promulgación u observación, para lo cual se establecerá 10 días hábiles improrrogables.
i) El Alcalde o Alcaldesa Municipal podrá objetar la Ley Municipal ante el ente deliberante adjuntando un informe de justificación legal y técnico sobre el contenido de la Ley. Conocido el pleno de las observaciones a la Ley Municipal Aprobada este remitirá ante la mediante la Comisión de la Iniciativa para su pronunciamiento y puesta a consideración del Pleno para que en el marco de su atribución deliberativa determinará su modificación o ratificatoria a la Ley.

ARTÍCULO 87 (DE LA VIGENCIA DE LEYES, ORDENANZAS Y RESOLUCIONES MUNICIPALES).- Las Leyes, Ordenanzas y Resoluciones Municipales, entraran en vigencia a partir de su publicación en el panel Informativo del H. Concejo Municipal, sin perjuicio de su publicación de la Gaceta Municipal.

ARTÍCULO 88 (PROCEDIMIENTO DE RECONSIDERACIÓN  DE LEYES, ORDENANZAS Y RESOLUCIONES MUNICIPALES).- 
I. La Ley no podrá ser reconsiderada; sino será derogada o abrogada mediante norma de igual jerarquía  por 2/3 de votos.
II. El procedimiento para la reconsideración de Ordenanzas y Resoluciones Municipales será el siguiente:
a) Recepcionada la solicitud de reconsideración a instancia de parte o del (la) alcalde (sa) municipal, debidamente documentada y fundamentada, esta será derivada a una comisión de acuerdo al ámbito de sus competencias y atribuciones.
b) La Comisión elaborará un informe que contenga el análisis sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud.
c) El Pleno en base al informe de la Comisión, votará por 2/3 (dos tercios) del total de sus miembros, la Reconsideración de la Ordenanza o Resolución Municipal.
d) En caso de rechazo, la Comisión deberá presentar un Proyecto de Ordenanza o Resolución Municipal, según el análisis efectuado.
e) En caso de aceptar la Reconsideración solicitada la Comisión deberá presentar un proyecto de Ordenanza o Resolución Municipal, según el análisis efectuado, el mismo que modifique (texto), derogue (artículos) o abrogue (instrumento) la norma de la reconsideración.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución Municipal es de estrictico  cumplimiento, para ambos órganos del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de El Alto, a los……días del mes de…………del año dos mil doce.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE y ARCHIVESE.


martes, 22 de mayo de 2012

LEYES MUNICIPALES SERIAN APROBADAS PRÓXIMAMENTE POR EL CONCEJO MUNICIPAL


La Concejal de Movimiento al Socialismo MAS, Elsa Chambilla Quispe y Presidenta de la Comisión Administrativa Financiera, informo a este medio que el Concejo Municipal tiene en agenda próxima el tratamiento de dos primeras leyes municipales, la primera propuesta por dicha autoridad que declararía al 6 de marzo como patrimonio histórico en conmemoración a la elevación a rango de ciudad al municipio de El Alto y de instituir a “El Alto de pie nunca de Rodillas” como grito oficial del Municipio Alteño ya que la misma fue inspirada en las históricas movilizaciones de los alteños al reclamar sus reivindicaciones . Proyecto que estaría en mesa y lista para su tratamiento.
Una segunda Ley Municipal en ser considerara, seria la Ley Municipal Autónoma de Impuestos cuya iniciativa tiene raíz en el Órgano ejecutivo Municipal, que de acuerdo a la autoridad esta será socializada con las organizaciones sociales previo a su tratamiento “Este proyecto de Ley como los otros deben ser conocidos y consensuados con las organizaciones sociales como ser la Federación de Juntas Vecinales FEJUVE, la Federación de Gremiales, la Central Obrera Regional y la Federación Andina de Choferes, para evitar disconformidad y por el contrario sean normas a favor del municipio y su desarrollo”.
La autoridad manifestó su preocupación al tener pendiente el tratamiento de un Proyecto de Resolución Municipal por el cual se sugirió la modificación al reglamento Interno y la inclusión en la tarea normativa el TRATAMIENTO DE LEYES MUNICIPALES.
Hay que reconocer que también la  propuesta de la Concejalas Murillo y Acarapi, sin embargo dicha propuesta mantenía ciertas carencias para el tratamiento de la Leyes Municipales que emita el Concejo Municipal. “Sin duda la propuesta de la Comisión Administrativa Financiera de modificación al reglamento interno de manera parcial contiene ciertas características que dan paso a la tarea legislativa que señala la Ley 017 Transitoria y la Ley Marco de Autonomías y convierte a la iniciativa legislativa un derecho de los concejales, del Alcalde y de los ciudadanos”. Sin embargo ambas propuestas serán estudiadas por los asesores jurídicos del Concejo Municipal y de esa manera emitir un proyecto conjunto y consensuado.

miércoles, 16 de mayo de 2012

CONCEJAL MUNICIPAL PROPONE CONVENIO CON FPS y EL GAMEA.

La concejal del Municipio de El Alto, Elsa Chambilla mediante un proyecto de ordenanza municipal en la sesión ordinaria  037/2012, presento al pleno del concejo el convenio con el GAMEA y Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social, de transferencia y Financiamiento para el beneficio de: Renovaciones de  Redes de Agua Potable El Alto Fase 2, Extensiones Menores Alcantarillo Sanitario El Alto Fase 2, Extensiones Menores Agua Potable El Alto Fase 2, Extensiones Menores Agua Potable Distrito 7, proyectos en los cuales el GAMEA invertirá el 20% del presupuesto con un total de Bs. 3.060.165,05 y por parte de FPS el 80% de la inversión llegando a un monto de Bs. 12.240.660,20 haciendo una inversión del total de Bs. 15.300.825,25 para el desarrollo del municipio alteño, obteniendo la unanimidad de aprobación del pleno.

martes, 15 de mayo de 2012

SEGUNDO DEBATE LOCAL: DDHH; SALUD Y EDUCACION


La Concejal Municipal Elsa Chambilla, en coordinación con el burgomaestre de la Urbe Alteña H. Edgar Patana y la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, realizara el segundo debate local en el marco de los DDHH, en los temas de Salud y Educación; en el cual se tocaran temas como ser: políticas públicas y municipales en Salud y Educación, dirigido a las organizaciones sociales y la población en general, evento en el cual participaran diferentes expositores entendidos en la materia y quienes desarrollan el trabajo dentro del municipio, evento que se desarrollara el viernes 18 de Mayo, a horas 09:00 am en el Teatro de Cámara (Alcaldía Quemara).
De los Panelistas: Representantes de los Ministerios de SALUD y EDUCACION, Dirección Municipal de Salud Dra. Alejandra Hidalgo, Director Municipal de Educación Lic. Mario Gil, Distrital de Educación El Alto y otras entidades que desarrollan actividades de salud y educación en nuestro municipio.